jueves, 10 de diciembre de 2015

6.- CAPITIS DEMINUTIO


La expresion capitis deminutio que en un principo significo disminucion del grupo social o de la familia, mas tarde se utilizo en el sentido de perdida o disminucion de la capacidad juridica.

Los romanos distinguieron tres tipos de capitis deminutio: La maxima, la media y la minima.

a) Capitis deminutio maxima: Era la perdida de status libertatis, es decir, la perdidad de la libertad. En derecho justinianeo incurrian en capitis deminutio maxima los libertos condenados por ingratitud para con su antiguo amo, los condenados a las bestias o a las minas, o sea, los llamados "siervos de la pena", y los hombres libres que se hacian vender como esclavos para luego participar del precio de la venta.

b) Capitis deminutio media: Era la perdida de la ciudadania romana y como consecuencia, la familia. Se producia cuando alguien sufria la interdiccion del agua y del fuego, o sea, el exilio, y cuando alguien era deportado a una isla. El individuo que sufre la capitis deminutio media deja de ser ciudadano romano y pasa a ser peregrino.

c) Capitis deminutio minima: Era una cambio en el status familiae, es decir, un cambio de familia, lo cual se producia en los siguientes casos:

- Cuando el paterfamilias era adoptado por otro paterfamilias.
- En caso de legitimacion de los hijos habidos en un concubinato.
- Cuando un alieni iuris era emancipado y cuando se revocaba la emancipacion. 
- Cuando un hijo de familia es dado en adopcion a otro paterfamilias o cuando ha sido cedido en macipium.
- Cuando una mujer contrae justas nupcias y pasa a estar in manus del marido.

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