viernes, 11 de diciembre de 2015

12.- RELACIONES AFINES A LA ESCLAVITUD.- (EL COLONATO)



Eran situaciones de cuasi esclavitud. Así, las personas in causa mancipi, que era el caso del filiusfamilias al que el pater vendía a otro pater o hacía entrega de él en reparación de algún delito (noxae deditio). También el redemptus ad hostibus, supuesto del ciudadano rescatado por un tercero de la cautividad mediante el pago de un recate y que era considerado esclavo del redemptor hasta que reintegrara el recate.


La situación a fin a la esclavitud que en Roma se dio con frecuencia fue la del colonato. Los colonos (coloni) eran arrendatarios de tierra en situación de dependencia, que se hallaban adscriptos a la gleba (glebae adscripti) y debían pagar un canon por el fundo que ocupaban y que no podían abandonar bajo pena de esclavitud. El propietario tampoco podía separar al colono de la tierra, ni vender el predio sin colono, ni a éste sin el fundo.

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