Eran situaciones de cuasi esclavitud. Así, las
personas in causa mancipi, que era el caso del filiusfamilias al
que el pater vendía a otro pater o hacía entrega de él en
reparación de algún delito (noxae deditio). También el redemptus ad
hostibus, supuesto del ciudadano rescatado por un tercero de la cautividad
mediante el pago de un recate y que era considerado esclavo
del redemptor hasta que reintegrara el recate.
La situación a fin a la esclavitud que en Roma se dio con
frecuencia fue la del colonato. Los colonos (coloni) eran arrendatarios de
tierra en situación de dependencia, que se hallaban adscriptos a la gleba
(glebae adscripti) y debían pagar un canon por el fundo que ocupaban y que no
podían abandonar bajo pena de esclavitud. El propietario tampoco podía separar
al colono de la tierra, ni vender el predio sin colono, ni a éste sin el fundo.
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